Principales Obligaciones

La Ley establece una unas obligaciones para las personas físicas o jurídicas que estén obligas cumplir la misma, siendo estas algunas de las principales:

  1. Establecer procedimientos de prevención y órganos adecuados de control interno y de comunicación a fin de conocer, prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales.
  2. Definir un catálogo de operaciones sospechosas y detectar y analizar posibles operaciones sospechosas. Comunicación de las mismas al SEPBLAC. Abstenerse de ejecutarlas.
  3. Atender los requerimientos del SEPBLAC y otras autoridades sobre cuestiones relacionadas con el blanqueo de capitales.
  4. Dar formación al personal para que tenga conocimiento de la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales.
  5. Deber de confidencialidad y de conservación de los documentos.
  6. Auditar anualmente los procedimientos y órganos de control interno y de comunicación por parte de un experto externo.
  7. Declaración Mensual Obligatoria (DMO).
  8. Establecer una política expresa de admisión de clientes, de su identificación y conocimiento, y de la acreditación de su identidad y actividad.                   
  9. Informar al SEPBLAC sobre la estructura y funcionamiento del Órgano de Control y Comunicación y los datos del Representante ante el SEPBLAC.