Principales Obligaciones
La Ley establece una unas obligaciones para las personas físicas o jurídicas que estén obligas cumplir la misma, siendo estas algunas de las principales:
- Establecer procedimientos de prevención y órganos adecuados de control interno y de comunicación a fin de conocer, prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales.
- Definir un catálogo de operaciones sospechosas y detectar y analizar posibles operaciones sospechosas. Comunicación de las mismas al SEPBLAC. Abstenerse de ejecutarlas.
- Atender los requerimientos del SEPBLAC y otras autoridades sobre cuestiones relacionadas con el blanqueo de capitales.
- Dar formación al personal para que tenga conocimiento de la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales.
- Deber de confidencialidad y de conservación de los documentos.
- Auditar anualmente los procedimientos y órganos de control interno y de comunicación por parte de un experto externo.
- Declaración Mensual Obligatoria (DMO).
- Establecer una política expresa de admisión de clientes, de su identificación y conocimiento, y de la acreditación de su identidad y actividad.
- Informar al SEPBLAC sobre la estructura y funcionamiento del Órgano de Control y Comunicación y los datos del Representante ante el SEPBLAC.